Organización social



Tras su fundación en 753 aC, Roma tuvo la consideración de monarquía etrusca, pasó más tarde a ser una república latina (509 aC) y a partir de 27 aC se convirtió en uno de los mayores imperios de la historia.

La primera estructura social y política de los romanos fue la familia, que estaba formada por los adnati, es decir, por todas aquellas personas que, con independencia de que existieran entre ellas vínculos de sangre, quedaban bajo la potestad del pater familias: así considerada, la familia agnaticia integraba el padre, la esposa (uxor in manu), los hijos, las esposas de los hijos, los hijos de los hijos y las hijas no casadas.

De la agrupación de familias que tenían el mismo antepasado o tronco común, surgió la familia gentilicia (gens) y de la agrupación de varias gens, las curias (10 gens) y las tribus (10 curias).

Se estima que la fundación de Roma tuvo lugar como resultado de la unión de las tribus del Monte Palatino con las establecidas en el Quirinal. A los fundadores se les llamó patricios (patres), porque fueron los patres familias de esas tribus con sus allegados los primeros habitantes de Roma.

Los patricios eran los ciudadanos de clase social más elevada y los únicos que ostentaban el derecho pleno de ciudadanía (ius civitatis): tenían derecho al sufragio, al desempeño de cargos políticos o religiosos, a la asignación de tierras públicas, a contraer matrimonio, a otorgar testamento (testamenti factio), al ejercicio de los demás derechos civiles (tutela, sucesión) y a la celebración de contratos (aunque este derecho no les era exclusivo, puesto que correspondía también a las personas libres aunque no fueran patricios). Entre las obligaciones, el servicio militar y el deber de contribuir con ciertos impuestos al sostenimiento del Estado.

Las curias constituyeron muy pronto la base de la ciudad: se reunían en una asamblea (comitia curiata) presidida por los cónsules en presencia de un sacerdote (flamen curialis). Durante las primeras décadas de la República, el pueblo de Roma se organizó en 30 curias sobre la base de las treinta familias patricias originarias. Los comitia curiata aprobaron leyes, eligieron cónsules (los únicos magistrados elegibles en aquel momento) y resolvieron cuestiones judiciales.


Inicialmente Roma estuvo dividida en 10 tribus rurales y 4 tribus urbanas (Suburana, Esquilina, Collina y Palatina). 


Tras la conquista de Italia su número aumentó, quedando fijado en 35 tribus a partir de 241 aC:

Aemilia, Aniensis, Arnensis, Camilia, Claudia, Clustumina, Collina, Cornelia, Esquilina, Fabia, Falerna, Galeria, Horatia, Lemonia, Maecia, Menenia, Oufentina, Palatina, Papiria, Pollia, Pomptina, Publilia, Pupinia, Quirina, Romilia, Sabatina, Scaptia, Sergia, Stellatina, Suburana, Terentina, Tromentina, Velina, Voltina y Voturia.
 







CLASES SOCIALES



La sociedad romana, como muchas otras sociedades antiguas, se basaba en la desigualdad. Históricamente se distinguieron cinco clases (patricios, plebeyos, esclavos, clientes y libertos) aunque la organización social fue algo cambiante a lo largo de la historia.



Monarquía


La sociedad romana presentaba dos grandes grupos de habitantes:

    1. ciudadanos libres: podían ser privilegiados (patricii) y no privilegiados, y estos últimos independientes (plebeii) o dependientes (clientes y libertos).
    2. esclavos (servi).

Patricios
. Eran los miembros de las primeras familias asentadas en Roma y sus descendientes. Cada una pretendía descender de un antepasado más o menos divinizado (pater). Los que tenían un mismo pater formaban una gens, llevaban el mismo apellido (nomen gentilicium) y celebraban un mismo culto (sacra gentilicia).

Desde el principio de Roma, los patricios y sus familias constituyeron el primer eslabón social. Los patricios estaban en la base de la fundación de la ciudad y, por tanto, eran ciudadanos romanos. Tenían la exclusiva de los cargos públicos y dirigían la vida de Roma.

Más tarde el derecho de ciudadanía se extendió a las llamadas minores gentes: a los habitantes de Roma que sin ser patricios adquirían la ciudadanía romana y a los extranjeros que, procedentes de otras ciudades, renunciaban a su antigua ciudadanía y, por invitación, aceptaban la honoraria de Roma.


Plebeyos. Constituyeron la mayor parte de la población de Roma. Eran considerados hombres libres, pero no podían participar en los asuntos políticos ni religiosos.

Salutatio matutina


Clientes
. Normalmente eran libertos que permanecían bajo la protección de sus antiguos amos o extranjeros o refugiados pobres, sujetos a patronazgo de un patricio, que les brindaba ayuda económica, les defendía ante la ley y les dejaba participar en las ceremonias religiosas de la familia a cambio de que lo acompañaran en la guerra y colaboraran en los trabajos para los que el patricio recabara su ayuda.

La salutatio matutina fue una institución muy arraigada durante la República y el Principado.
Cada amanecer, los clientes se dirigían a la casa de su patrono para desearle un buen día y para ofrecérsele para lo que gustase mandar cuando llegara la ocasión. 
En la acera, frente al domicilio, hacían cola para cumplir con el rito. Uno detrás de otro, ordenados no según el orden de llegada, sino de acuerdo con su categoría social y con la estrechez y la antigüedad de su relación con el patricio. Los de adelante, eran saludados; los siguientes se limitaban a saludar; y los restantes, casi siempre la mayoría, ni eran saludados ni saludaban. Todos estaban ahí para hacer visible el poder del amo de la casa.
Ya en el vestíbulo, todos recibían de manos del administrador de la casa la sportula, es decir, el pago, en dinero o en especie, por la participación en la puesta en escena de la capacidad de influir. Tras el cobro del servicio, quienes eran considerados idóneos para tal menester acompañaran en animado tropel al patrono mientras atendía sus negocios públicos, escoltándolo, riendo sus gracias, dándole coba o aplaudiéndolo cuando pronunciaba algún discurso ante los tribunales.


Libertos. Eran los esclavos a los que se había concedido la libertad (manumissio). Los esclavos podían ganar su libertad de diferentes modos: por compra de la libertad, por concesión voluntaria en vida de sus dueños o por testamento. Al alcanzar la condición de liberto, el esclavo no quedaba totalmente libre, sino que solía conservar determinados lazos de dependencia con su antiguo amo, en los términos acordados previamente:
    • Obsequium: deferencia o amabilidad que debía tener por respeto o cortesía, consistente en servicios de diversa índole.
    • Opera: días de trabajo, que normalmente cumplía en la misma labor que tenía encomendada cuando era esclavo.
    • Bona: derecho de herencia sobre su patrimonio.


Esclavos. Era el destino normal de los prisioneros de guerra. Legalmente, carecían de todo derecho (instrumentum vocale - herramienta que habla) y eran de por vida los encargados de los peores trabajos. El trato para con ellos dependía del carácter y benevolencia del amo.








República



Durante la República, la desigualdad provocó fuertes tensiones sociales. La jerarquía social deja de depender del nacimiento o de la religión y se puso en relación con el dinero y la riqueza.

La plebe lógicamente crecía más que el patriciado, porque en ella entraban las poblaciones anexionadas por Roma y los extranjeros que venían a vivir a la Urbe. Pero tan gran número de habitantes no se resignaba a estar en la vida pública de comparsa; y tampoco era rentable que no pagasen impuestos ni fuesen al servicio militar por no tener la condición de ciudadanos (cives). La lucha de los plebeyos hasta obtener la equiparación política con los patricios fue constante:

  • 494 aC. Ante la negativa de los patricios a conceder la igualdad política, los plebeyos declararon una huelga general y se marcharon al Monte Sacro. Roma quedó colapsada y los patricios tuvieron que ceder. Los plebeyos regresaron con este pacto:
        1. no se perderá la libertad por impago de deudas;
        2. se creará una magistratura (tribunus plebis) con derecho a vetar las decisiones del Senado y las de los demás magistrados;
        3. se aceptará la legalidad de una asamblea exclusivamente plebeya (concilium plebis).
  • 451-449 aC. Se redactará el primer texto legislativo escrito (Lex XII tabularum) y se promulgará a pesar de la resistencia inicial de los patricios. Hasta entonces, los patricios impartían justicia conforme a la costumbre y a la tradición oral de los antepasados (mores maiorum), lo que daba lugar a muchas irregularidades: los plebeyos desconocían las normas por las que podrían llegar a ser juzgados y normalmente los patricios aplicaban la tradición según convenía a sus intereses.
  • 440 aC. La Lex Canuleia de conubio patrum et plebis autoriza el matrimonio entre patricios y plebeyos, que hasta entonces había sido rigurosamente prohibido.
  • 409 aC. Los plebeyos accedieron por primera vez al cargo de cuestor.
  • 367 aC. Las Leges Liciniae-Sextiae admitieron el acceso de los plebeyos al cargo de cónsul (en 342 los dos cónsules fueron plebeyos por primera vez).
  • 356, 337 y 300 aC. Accedieron a la dictadura, la censura, la pretura y el pontificado (último reducto de los patricios).
  • 287 aC. El Senado reconoció fuerza de ley a las decisiones de las asambleas de la plebe (concilium plebis) y admitió que prevalecieran sobre sus decisiones.

Conseguida la igualdad de derechos, se mantuvieron durante largo tiempo las grandes diferencias económicas. Patricios y plebeyos ricos se pusieron de acuerdo entre ellos en perjuicio de los plebeyos pobres (proletarii), que teniendo todos los derechos políticos, carecían de dinero para comer. Las reformas sociales que se intentaron en su beneficio fracasaron con el asesinato de sus impulsores: los hermanos Tiberio (133 aC) y Cayo Graco (121 aC). En la época republicana, la población romana distinguía:

    1. Cives: patricios (patricii) y plebeyos (plebeii).
    2. Non cives: libertos (liberti) y esclavos (servi).

La ciudadanía romana (ius civitatis) concedía a su titular un conjunto de derechos y obligaciones que fue históricamente muy codiciado:
  • derechos: de carácter político, como el ius sufragii (derecho de voto); ius honorum (derecho de ser elegible); ius sacrorum (derecho a ser elegible para funciones sacerdotales); ius provocationis (derecho de apelación al pueblo en procesos criminales). O de carácter civil, como el ius commercii (celebrar contratos); testamenti factio (testar); ius connubii (contraer matrimonio); ius legis actionis (ejercer acciones judiciales).
  • obligaciones: census (obligación de inscribirse en el censo); militia (obligación de servir en el ejército durante el tiempo previsto); tributum (obligación de pagar los impuestos).

Entre los cives se encuentran los caballeros (equites) y la nobleza senatorial (nobilitas). La caballería del ejército romano estaba formada por ricos que aportaban su propio caballo o utilizaban caballos del Estado. Formaban un grupo social distinguido (caracterizados por un anillo de oro y una túnica bordada de púrpura). Quedaron así como una burguesía acomodada pero raras veces se dedicaron a la política, donde los consideraban despectivamente homines novi (sin antepasados ilustres). Por encima del ordo equester se encontraba el ordo senatorius o nobilitas formado por patricios y plebeyos que habían tenido algún antepasado al frente de una magistratura curul (cónsul, pretor, censor o edil).

Los clientes llegaron a desaparecer al comienzo de la República absorbidos por la plebe, pero reaparecieron después al arruinarse la clase media con las guerras y por efecto de los productos que llegaban gratis a Roma desde los pueblos sometidos. Muchos no llegaron a tener lazo jurídico con un patronus y anduvieron por Roma sin rumbo, detrás del rico o del político que más les ofreciera.

Los esclavos, en cambio, tuvieron gran protagonismo provocando en esa época importantes rebeliones.




Esclavos. Mosaico de Dougga, Túnez


Imperio



Durante el imperio la jerarquía siguió estando basada en la riqueza. Se mantuvo la distinción entre cives y non cives.  

Dentro de los primeros. Augusto reformó los ordines, colocando en el ordo senatorius a los ciudadanos con más de un millón de sestercios (desempeñaron las magistraturas republicanas y vistieron sandalias rojas y túnica laticlavia, ostentando desde Marco Aurelio el título de clarissimi); y en el ordo equester a quienes tuvieran 400.000 (vistieron túnica angusticlavia y anillo de oro, ostentando desde Marco Aurelio el título de egregii). El papel de los equites tuvo especial relevancia en el gobierno de las provincias imperiales que no contaban con legiones ni legados (normalmente los territorios más pequeños, menos poblados o más pobres). Los gobernadores recibían el nombre de procuratores y tenían funciones similares a los de rango senatorial que carecían de mando militar. 

El ius civitatis que tras la Guerra social (88 aC) ya se había concedido a los itálicos, se amplió en 212 dC a todos los hombres libres del Imperio (con los claros propósitos de aumentar el número de contribuyentes y de reclutar soldados). 

El número de libertos creció al aumentar las manumisiones (Augusto llegó a prohibir liberar por testamento a más de 100 esclavos) y con las constantes conquistas territoriales, se disparó el número de esclavos (sólo en Roma había unos 250.000).